Pleno especializado

Integrantes

Atribuciones


Joaquín Roque González Cerezo
Magistrado Presidente
Pleno Especializado
Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Morelos

Magistrado Titular de la Quinta Sala Especializada en Responsabilidades Administrativas
Contacto: 777 241 58 19
plenoespecializado@tjamorelos.gob.mx

Capítulo V
Pleno Especializado


Artículo *19. El Pleno Especializado se integrará por los dos Magistrados de las Salas Especializadas y dos Magistrados de las Salas de Instrucción. El Presidente no podrá integrar el Pleno Especializado, salvo que al mismo tiempo que ocupe la Presidencia del Tribunal, esté adscrito a una Sala Especializada.
El Pleno designará por cinco votos a los dos Magistrados de Sala de Instrucción que integrarán el Pleno Especializado.
Los nombramientos que realice el Pleno del Tribunal sobre los Magistrados de las Salas de Instrucción para integrar el Pleno Especializado serán por tiempo indefinido, hasta que el Presidente del Tribunal proponga otra votación y se resuelva por la mayoría del Pleno del Tribunal.
Las sesiones del Pleno Especializado serán válidas con la concurrencia de la mayoría de sus miembros. Las decisiones del Pleno Especializado se tomarán por unanimidad o mayoría de votos. Cuando no se alcance la mayoría por la ausencia temporal de alguno de los Magistrados, el asunto que se discutiría en la sesión, se aplazará para la sesión del Pleno subsiguiente. Solo en los casos que no se pueda lograr la mayoría en la discusión y aprobación de un proyecto de sentencia por la falta absoluta, temporal o por excusa de alguno de los Magistrados, el Magistrado de Sala Especializada tendrá voto de calidad.
El Pleno Especializado desarrollará las sesiones en los términos previstos para el Pleno del Tribunal y en lo no establecido en el presente artículo se aplicará lo dispuesto en el artículo 16 de esta Ley. Las sesiones del Pleno Especializado en las que se traten asuntos jurisdiccionales serán públicas, excepto cuando por acuerdo fundado de sus integrantes, a propuesta del Presidente del Pleno Especializado, se determine realizarlas en privado y de ellas se guardará registro en audio y video, resguardando los datos personales de conformidad con la Ley Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Morelos y demás normativa aplicable. Las sesiones de este Pleno deberán ser transmitidas en vivo a través de los medios electrónicos con los que cuente el Tribunal.


Artículo *25.
Es competencia del Pleno Especializado:


I. Fijar la Jurisprudencia del Pleno Especializado;
II. Resolver las contradicciones que se susciten entre las sentencias de las Salas Especializadas del Tribunal;
III. ​Resolver respecto de las faltas administrativas graves, investigadas y sustanciadas por la Entidad Superior de Auditoria y Fiscalización y los órganos internos de control respectivos, según sea el caso, ya sea que el procedimiento se haya seguido por denuncia, de oficio o derivado de las auditorías practicadas por las autoridades competentes;
IV.​Imponer sanciones que correspondan a los servidores públicos y particulares, personas físicas o morales, que intervengan en actos vinculados con faltas administrativas graves, con independencia de otro tipo de responsabilidades. Así como fincar a los responsables el pago de las cantidades por concepto de responsabilidades resarcitorias, las indemnizaciones y sanciones pecuniarias que deriven de los daños y perjuicios que afecten a la Hacienda Pública estatal o Municipal o al Patrimonio de los entes públicos estatales o municipales;
V.​Dictar las medidas preventivas y cautelares para evitar que el procedimiento sancionador quede sin materia, y el desvío de recurso obtenidos de manera ilegal;
VI.​Conocer de las reclamaciones por responsabilidad objetiva y directa del Estado, cuando así proceda;
VII.​Conocer de las resoluciones que impongan sanciones a los servidores públicos en términos de la Ley General de Responsabilidades Administrativas o la relativa del Estado de Morelos por faltas no graves, así como contra las que decidan los recursos administrativos previstos en dichos ordenamientos;
VIII. Conocer y resolver sobre los procedimientos, resoluciones o actos administrativos que en materia administrativa se dicten sobre interpretación y cumplimiento de contratos de obra pública, adquisiciones, arrendamiento y servicios celebrados por las dependencia y entidades de la Administración pública estatal o municipal o de sus organismos auxiliares, las entidades públicas, o por los organismos constitucionalmente autónomos;
IX.​Conocer y resolver de los recursos que se interpongan en contra de las resoluciones emitidas por las Salas Especializadas, relativas a:
a) Recurso de apelación, y
b) Los demás recursos previstos en la Ley General de Responsabilidades Administrativas;
X. Conocer y resolver sobre el recurso de excitativa de justicia interpuesto en contra de las Salas Especializadas;
XI.​Calificar las excusas y recusaciones de los Magistrados de las Salas Especializadas; XII.​Cursar la correspondencia del Pleno Especializado, autorizándola con su firma;
XIII. Rendir los informes previos y justificados en los juicios de amparo que se promuevan en contra de actos del Pleno Especializado;
XIV. Designar a la persona titular de la Secretaría General de Acuerdos del Pleno Especializado, y al titular de la Defensoría de Oficio del Tribunal, a que se refiere la Ley General de Responsabilidades Administrativas; el cual, además, pertenecerá a la plantilla del Tribunal, pero guardará independencia en su actuar;
XV.​Dictar las medidas que exijan el orden, el buen servicio y la disciplina del Pleno Especializado y exigir se guarde el respeto y consideración debidos; XVI. Decretar las medidas de apremio para hacer cumplir las determinaciones del Pleno Especializado;
XVII. Solicitar al Gobernador del Estado, Secretarios de Despacho, Presidentes Municipales y demás autoridades el apoyo necesario para hacer cumplir sus determinaciones, e
XVIII. Conocer y resolver en definitiva sobre el procedimiento administrativo sancionatorio en los términos establecidos en la Ley del Notariado del Estado de Morelos.
XIX. Informar mensualmente al Pleno del Tribunal de las labores del Pleno Especializado.




Mario Gómez López
Secretario de Estudio y Cuenta en Funciones de Magistrado Titular de la Primera Sala de Instrucción
Contacto: 777 310 33 69
primerasala@tjamorelos.gob.mx




Hilda Mendoza Capetillo
Secretaria de Acuerdos encargada de las funciones de Magistrado Titular de la Tercera Sala
6264-Alcance. Acuerdo

Contacto: 777 310 33 69
tercerasala@tjamorelos.gob.mx




Manuel García Quintanar
Magistrado Titular de la Cuarta Sala Especializada en Responsabilidades Administrativas
Contacto: 777 241 50 05
cuartasala@tjamorelos.gob.mx




Lic. Anabel Salgado Capistrán
Secretaria General de Acuerdos
Contacto: 777 310 14 62
secretariageneral@tjamorelos.gob.mx

La información contenida en esta página sólo es de carácter informativo. Las notificaciones se realizan de conformidad con lo previsto por los artículos 24 al 33 de la Ley de Justicia Administrativa del Estado de Morelos: asimismo los términos comenzarán a correr de conformidad con lo establecido por los artículos 35 y 36 del citado ordenamiento.